viernes. 19.04.2024

Una de las imágenes que más se han podido ver en las televisiones han sido los controles de temperatura realizados a personas con mascarillas, respetando la distancia de seguridad mediante un termómetro que la determina a distancia para determinar si la persona tiene fiebre o no, uno de los síntomas más característicos del Covid -19. Ello también se ha realizado mediante escáneres que incluyen cámaras que miden la temperatura corporal.

A pesar de que no existe ninguna normativa dedicada a este ámbito, numerosas empresas ya han anunciado que será una medida obligatoria que deberán cumplir los trabajadores antes de ingresar a sus puestos. Esta situación pone sobre la mesa el debate sobre el respeto a la privacidad y la protección de datos de las personas frente a la contención de los contagios de la pandemia protagonizada por el Covid-19.

Una de las empresas que está estudiando llevar a cabo esta iniciativa es AENA, encargada de gestionar los aeropuertos españoles, asegurando que ya están acostumbrados a tratar con información privada de gran cantidad de personas. En el otro polo se encuentra, por ejemplo, EASA, la Agencia Europea de Seguridad Aérea, que cuestiona la eficacia de este sistema para detectar posibles positivos de Covid-19. Asimismo, plantea que la única utilidad de estos controles de temperaturas es disuadir de viajar a personas enfermas y aumentar la seguridad de los posibles viajeros no enfermos.

El principal argumento de las empresas es que se encuentran en la obligación de garantizar la seguridad de sus trabajadores, por lo que esta medida permite cumplir con esta pretensión. Desde el punto de vista del abogado Albert Agustinoy, en respuesta a unas declaraciones al diario La Vanguardia, legalmente implantar estas medidas sería muy arriesgado. 

El dilema de la idoneidad de los controles de temperatura en los centros de trabajo y...