sábado. 20.04.2024

La vuelta al cole de los niños está marcada este año por la situación actual causada por el coronavirus, que mantiene todavía una gran incertidumbre sobre lo que sucederá en relación a la apertura de los colegios. 

En caso que se se abran de nuevo los colegios para el nuevo curso escolar a partir de septiembre, las dudas sobre cómo será esa vuelta y el protocolo y protección de los más pequeños ante posibles contagios están en el aire. 

¿Qué derechos tienen los padres si su hijo enferma de Covid?

Esta pregunta es algo que se formulan los padres respecto a esta vuelta a las aulas es qué pueden hacer en caso de que uno de sus hijos enferme por COVID, ya que eso supone que el menor tendría que dejar de acudir al colegio y guardar cuarentena. 

Muchas familias pueden organizarse para cuidar a los menores, pero para otras familias es complicado conciliar la vida laboral con el cuidado de los hijos, más aún si estos deben permanecer en casa durante días debido a una situación de contagio por coronavirus. 

En España, los permisos en el trabajo están regulados por el Estatuto de los Trabajadores concretamente, el el cual regula algunas situaciones en las que los trabajadores pueden ausentarse del trabajo con derecho a remuneración, con previo aviso y de forma justificada: 

  1. Quince días naturales en caso de matrimonio.
  2. Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
  3. Un día por traslado del domicilio habitual.
  4. Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal.
  5. Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o convencionalmente.
  6. Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y, en los casos de adopción o acogimiento, o guarda con fines de adopción, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales. 

Así, la norma solamente contempla como derecho de los padres la posibilidad de ausentarse del trabajo dos días en el caso de que los hijos padezca una enfermedad grave o requiera hospitalización.

Sin embargo, no contempla que los padres puedan faltar al trabajo en caso de una enfermedad puntual o leve, como podría ser la gripe o los síntomas causados por virus comunes en la infancia como, por ejemplo, la gripe, los vómitos o la tos. 

De este modo, se recomienda consultar los convenios colectivos de cada sector, ya que algunos de ellos contemplan derechos adicionales para los trabajadoresante la enfermedad de los familiares.

Además, también existe la posibilidad de consultar con los superiores sobre qué hacer en esta situación excepcional. Una de las posibilidades más factibles podría ser el teletrabajo, práctica que se ha extendido, precisamente, por la crisis sanitaria del coronarivus y que constituye una buena opción para poder trabajar al mismo tiempo que se cuida de los hijos. 

Vuelta al cole: ¿Qué derechos tengo si mi hijo enferma de COVID al incorporarse al...