martes. 16.04.2024

El Gobierno ha puesto a disposición de las comunidades autónomas todos los centros clínicos de titularidad privada que realizan test de coronavirus y se ha adjudicado la posibilidad de adoptar desde este martes las medidas necesarias para la regulación de los precios de las pruebas con el objeto de evitar situaciones abusivas en el acceso a este servicio. Esta nueva orden estará vigente hasta la finalización del estado de alarma .

Así lo establece la Orden SND/344/2020 publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado, que también dispone que los centros privados deben notificar los casos detectados de coronavirus así como la compra de test rápidos diagnósticos, especificando a la autoridad sanitaria competente de la comunidad autónoma en la que se encuentren ubicados el tipo de material, número de unidades adquiridas y destino de uso.


Fernando Simón, director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, que regresaba a la rueda de prensa diaria de Moncloa después de superar la enfermedad COVID-19, ha justificado este control temporal de los laboratorios privados porque "no podemos permitir que los test PCR se utilicen en grupos que no sean eficientes para realizar los diagnósticos", dentro de la estrategia desarrollada por Sanidad en la que la detección precoz del virus una de las piezas clave.


"Los resultados de las pruebas no pueden quedar fuera de la tutela de las autoridades sanitarias", ha manifestado sobre este asunto, al mismo tiempo que ha resumido que el objetivo de la medida es "garantizar que los resultados se conozcan, que no haya abusos y evitar que se hagan PCR cuando la probabilidad de que el resultado de positivos sea muy baja y tenga menos eficiencia".

El experto ha recordado que las pruebas PCR son "un acto de salud pública" y, por lo tanto "deben estar bajo la tutela de Salud Pública". "Lo que se busca con esta orden es controlar que todo el uso de las PCR se haga lo mas eficientemente posible a nivel de toda la ciudadanía", ha insistido.

En este sentido, los centros de titularidad privada están obligados a notificar la aparición de nuevos contagiados tan pronto se detecte un nuevo caso con la máxima urgencia y por el medio más rápido posible, correspondiendo a las comunidades autónomas, en su ámbito competencial, establecer el procedimiento.

Con este fin, las comunidades autónomas tendrán a su disposición los centros, servicios y establecimientos sanitarios de diagnóstico clínico de titularidad privada ubicados en su comunidad autónoma que no estén prestando servicio en el Sistema Nacional de Salud, así como su personal.

Así, la realización de pruebas diagnósticas por los citados centros, servicios y establecimientos de diagnóstico clínico para la detección del COVID-19 quedará sujeta a la prescripción de un facultativo de acuerdo con las directrices acordadas por Sanidad.

Los centros, servicios y establecimientos sanitarios de diagnóstico clínico de titularidad privada deben estar disponibles para entrar a formar parte o reforzar los circuitos de diagnóstico ya existentes desde este mismo martes así como para notificar a la autoridad sanitaria competente de la comunidad autónoma los casos de coronavirus detectados.

Estas medidas estarán vigentes hasta la finalización del estado de alarma, que comenzó el pasado 14 de marzo y que se prolongará, al menos, hasta el próximo 26 de este mes de abril. Su incumplimiento podrá ser motivo de sanción para estos centros.

Sanidad se hace con el control de los laboratorios privados para acelerar la producción...