miércoles. 24.04.2024

La Sección Primera de la Audiencia de Navarra ha decidido finalmente que el hombre que difundió una foto de la víctima de los abusos sexuales de la conocida como La Manada en los sanfermines de 2016 no tendrá que ir a prisión. Además, al estimar parcialmente el recurso de apelación, la indemnización reduce su cuantía  de 4.680 euros a 3.120 euros por el daño moral causado a la denunciante.

Esta sentencia tumba la realizada por El Juzgado de lo Penal número 4 de Pamplona, que condenó a 2 años y 2 días de prisión, - sentencia mínima para ingresar en un penal - a la persona A.Q.S. por cometer delito de revelación de secretos y otro contra la integridad moral, al publicar en Twitter dicha imagen.

Esta imagen, según esta sentencia, al haber sido difundida en las redes sociales, - 64 comentarios, 13 likes y fue compartida 16 veces- provocó que la joven pudiese haber sido sido reconocida por terceras personas, lo que supondría una "revictimización" de la misma. Además, para obtener una mayor difusión, la imagen iba acompañada del hashtag La Manada.

Esta situación provocó que familiares reconociesen a la joven, hecho que incrementó el temor de la víctima a ser identificada por más personas. Asimismo, esta persona tuvo que ser "obligada" a abandonar sus estudios universitarios e incluso vivir una época fuera de España a consecuencia del revuelo generado. 

Finalmente el juez ha decidido imponer una pena de dos años y un día argumentando que los delitos pueden tipificarse como “en concurso ideal”, pero no desde dos años y un día, sino desde los años, decisión que permitido que el acusado no tenga que pisar la cárcel.

La persona que difundió una imagen de la víctima de La Manada no ingresará en prisión