viernes. 19.04.2024

El Juzgado de lo Social Número 1 de Cáceres ha condenado a una empresa de limpieza a indemnizar y readmitir a una trabajadora que fue despedida por faltar al trabajo a causa de haber sufrido un aborto.

En contra de la denuncia efectuada por la trabajadora, la empresa alegó que esa decisión no tuvo nada que ver con el hecho, afirmación que la propia afectada ha desmentido con pruebas en WhatsApp y correo electrónico.

El despido ha sido declarado nulo por haber vulnerado un derecho fundamental y la empresa deberá compensar a la trabajadora además de abonar una indemnización de 6.250 euros.

Obligan a una empresa de limpieza a readmitir e indemnizar a una trabajadora despedida...