jueves. 25.04.2024

Este viernes ha entrado en vigor la norma que elimina las franjas horarias en los municipios y entes de ámbito territorial inferior al municipio de menos de 10.001 habitantes y densidad de población inferior a 100 habitantes por kilómetro cuadrado.

Según la orden ministerial de Sanidad que recoge el BOE este viernes, no habrá franjas horarias para los paseos de la población infantil ni para la actividad física de los adultos. Además, se elimina el límite de un único adulto responsable para acompañar a los menores de 14 años y el máximo de tres niños. Todos los convivientes en un mismo domicilio podrán salir a pasear juntos. Esta actividad "se podrá practicar en el término municipal o, en su defecto, a una distancia máxima de cinco kilómetros, incluyendo municipios adyacentes, siempre que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de esta orden y pertenezcan a la misma unidad territorial de referencia", según reza en el BOE.

La orden, que flexibiliza algunas restricciones en los municipios de menor tamaño que se encuentran en fase 0 y fase 1 para que puedan acogerse a algunas de las medidas previstas para la fase 2, también permite que los Ayuntamientos, si así lo deciden, reabran los mercadillos que desarrollan su actividad al aire libre, estableciendo distancia entre los puestos y medidas de higiene. También podrá procederse a la reapertura al público de los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local, salvo los locales de discotecas y bares de ocio nocturno, siguiendo las restricciones de la fase 2. 

Estas medidas de flexibilización de los paseos son de aplicación para las personas que estén empadronadas en el municipio y para las que residan allí desde hace más de 14 días, siempre que no presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario.

El Gobierno defiende con esta norma "adaptar la estrategia de desescalada a las particularidades de estos municipios" para poder atender a la "singularidad" de poblaciones rurales que, por razón de su dispersión, reducido tamaño o baja densidad poblacional permiten la realización de actividades que "entrañan un menor riesgo derivado de aglomeraciones o del uso intensivo de los medios de transporte colectivo".

Los municipios de menos de 10.000 habitantes ya no tienen franjas horarias desde este...