viernes. 29.03.2024

La Justicia le ha concedido a una madre de familia monoparental el derecho a disfrutar del permiso de paternidad tras haber utilizado el de maternidad. El Juzgado de lo Social número 16 de Valencia ha reconocido que el menor no puede ver desprovisto su tiempo de cuidado porque tener un solo progenitor.

Por tanto, la madre podrá disfrutar de ocho semanas de permiso para el cuidado de su hijo. En su petición, la mujer demandaba las 12 semanas que otorga la ley para los nacidos en 2020. Sin embargo, cuatro de estas semanas debían ser inmediatos al parto, las cuales, ya fueron consumidas dentro de su permiso de maternidad.

Esto supone el primer fallo en esta línea que, aunque se puede solicitar, implica un precedente para las familias monoparentales. De momento, la sentencia condena al Instituto Nacional Seguridad Social y a la Tesorería General de la Seguridad a "estar y pasar por esta declaración" y admitir el permiso que la madre no obtuvo en su día.

La mujer lo reclamó, tras consumir su permiso de maternidad que transcurrió entre el 3 de octubre de 2020 y el 22 de enero de 2021, de las 12 semanas adicionales que le pertenecerían al padre por ser un hogar monoparental. Pues, la Dirección Provincial de Valencia de la Seguridad Social se lo rechazó al exponer que, según el Estatuto de los Trabajadores, se trata de "un derecho individual y que, por tanto, no puede ser transferido al otro progenitor".

El derecho a ocho de las doce semanas

No obstante, la jueza reconoce su parte de razón a la mujer, puesto que, al establecer la ley que del permiso paternal cuatro semanas deben ser inmediatamente posteriores al parto y las ocho restantes posteriores, si la madre ha disfrutado de esas cuatro semanas inmediatamente posteriores a dar a luz "ese tiempo no puede suscitarse como una quiebra del principio de igualdad".

Por esta razón, admite que solo tiene derecho a las ocho semanas restantes de permiso de nacimiento y cuidado del menor por ser este periodo el que "verdaderamente, no han disfrutado ni la demandante ni el menor por el hecho de ser familia monoparental, no pudiendo ser admisible esta diferencia conforme a la normativa internacional y constitucional". Asimismo, subraya que la madre "no se está adueñando de ningún derecho, dado que no existe otro progenitor que tenga derecho al período de disfrute solicitado por ella y, por tanto, no se trata de ninguna transferencia de su derecho individual".

La sentencia recalca que la Convención sobre los Derechos del Niño no hace "distinción alguna por la condición del niño, de sus padres o de sus representantes legales", y que "deben adoptarse todas las medidas para que el niño se vea protegido contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición de sus padres" y que los Tribunales deben reconocer "primordial el interés superior del niño".

Prevalece el interés del menor

En este sentido, la jueza se ampara a una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 2020, en la que analiza un caso similar y se le admite el disfrute de esas ocho semanas porque ratifica que "si se deniega la prestación a la beneficiaria en los términos que lo pide, existe una conculcación del derecho de igualdad que consagra la Convención sobre los Derechos del Niño".

Por otro lado, indica que "el menor afectado sufriría una clara merma en cuanto atención, cuidado o desarrollo que aquellos otros encuadrados en un modelo de familia biparental van a recibir". También, señala que "los hogares monoparentales, e indirectamente la mujer, queden discriminados".

Al respecto, CSIF, que se ha encargado del caso, enfatiza en un comunicado que se trata de una sentencia "pionera" que recalca "la discriminación" que implica no añadir ocho semanas de cuidado tras el nacimiento y que supone "una vía en la mejora" del cuidado de sus hijos tras el nacimiento para otras posibles trabajadoras de familias monoparentales.

Además, desde el 1 de enero de 2021 los permisos de paternidad y maternidad se hallan equiparados a 16 semanas. Las seis primeras deberán ser de estricto acatamiento para ambos si solicitan el descanso como recoge el Estatuto de los Trabajadores, a pesar de que la madre pueda adelantar su solicitud de descanso al parto si lo considera preciso.

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