viernes. 29.03.2024

El certificado Covid para entrar al interior de los locales de hostelería en España no ha pasado ningún filtro judicial. El TSJ de Galicia rechazaba la medida este jueves. Esto ha agradado a los hosteleros, que venían quejándose del uso del pasaporte Covid, argumentando que ellos no son policías.

Pese a las decisiones contradictorias iniciales, ni Galicia, ni Cantabria, ni Melilla, ni Canarias ni Andalucía han aplicado la restricción. Esta medida obliga a los ciudadanos a presentar documentación de vacunación o pruebas PCR negativas (recientes) para entrar al interior de locales de ocio.

Las respuestas de la justicia en España distan de la decisión de la Justicia francesa. El Consejo Constitucional francés ha aceptado la medida, que está en vigor desde el 9 de agosto. El Gobierno italiano se adelantó al francés en la entrada en vigor de esta restricción.

En España aún no ha llegado ningún recurso contra los rechazos judiciales a la Sala III, por lo que el Supremo no ha emitido ningún auto sobre esta medida. Quien se ha pronunciado sobre la materia ha sido el Alto Tribunal, considerando que las Comunidades Autónomas pueden tomar medidas, muy justificadas, que limiten los derechos de los ciudadanos aunque no haya estado de alarma.

Galicia no había avalado la restricción, sino que solamente había rechazado la suspensión cautelar que los hosteleros habían solicitado contra la medida de la Xunta. No se han visto razones de peso y urgencia para echarla abajo hasta ahora, poniendo en el punto de mira al Gobierno de Núñez Feijóo, que implantó la medida sin pasar antes por el filtro judicial.

Los jueces han explicado en su auto que el Ejecutivo gallego envió otras medidas para su revisión, como la limitación a las reuniones, pero no la orden por la que se exigía el certificado. De una forma u otra, la medida queda rechazada en la única comunidad, aparte de Canarias, en la que antes había estado en vigor.

En Canarias y Cantabria la restricción tampoco pasó el filtro judicial. En ambas comunidades se aceptaron los recursos de los hosteleros pidiendo la suspensión de esa y otras medidas. En Andalucía y Melilla también hubo rechazo, esta vez rotundamente por parte de los jueces.

El TSJ de Andalucía, Ceuta y Melilla realizó un análisis más profundo de la cuestión, y los jueces llegaron a la conclusión de que la medida atenta contra el derecho a la intimidad y al de discriminación. El derecho a la intimidad se ve afectado al poner en manos de los hosteleros los datos sanitarios de los clientes, y la medida es discriminatoria en cuanto a las personas que no poseen el pasaporte.

También se ha llegado a la conclusión de que la restricción no ayuda a prevenir contagios incluso puede propiciarlos. La medida tampoco ha sido considerada lo suficientemente justificada, ya que a los ojos de la Justicia no se ha argumentado bien el hecho de que la quinta ola de la pandemia haya surgido en los locales de ocio nocturno.

En Italia es necesario acreditar que se tiene una dosis de la vacuna, un test de antígenos en las últimas 48 horas o un certificado de contagio para distintas actividades o lugares. Así, los profesores lo necesitarán para acceder a la escuela o será necesario para acceder a medios de transporte de largas distancias, al interior de los restaurantes, gimnasios o centros deportivos cerrados o museos. Eso sí, si no se tiene, se podrá pedir el reembolso de la entrada adquirida para acceder al lugar.

El Consejo Constitucional de Francia avaló el documento para autobuses y trenes de larga distancia, hospitales, cines, museos, restaurantes y discotecas. 

Los opositores de medidas como la del certificado Covid creen que ésta es una forma de hacer obligatoria la vacunación para poder llevar una vida normal. La resistencia a vacunarse de ciertos trabajadores en residencias de ancianos ha abierto el debate en las últimas semanas. 

En España la vacunación contra el Covid no es obligatoria, aunque Sanidad ha propuesto recientemente tomar una serie de medidas para solucionar casos como los de estos trabajadores. Se ha propuesto la realización de dos pruebas semanales a los no vacunados o su reubicación profesional de forma temporal, para así evitar su contacto con los ancianos, los más vulnerables al virus hasta el momento.

Por ahora no se ha tomado ninguna decisión definitiva, aunque el Consejo Interterritorial de salud está trabajando para que eso suceda. De todas formas, la obligatoriedad de la vacuna queda descartada por el momento. En España no hay jurisprudencia en esa materia porque el Gobierno ni lo ha planteado. Según los expertos, la obligatoriedad de la vacuna no pasaría el filtro constitucional en nuestro país, ya que invade el derecho a la propia salud y a la intimidad física.

 

La Justicia española rechaza el pasaporte Covid, al contrario que en Italia o Francia