viernes. 29.03.2024

El Juzgado de Instrucción número 16 de Barcelona ha acreditado esta madrugada las medidas de restricción de la movilidad y actividad que fueron anunciadas por la Generalitat de Cataluña en tres barrios de l´Hospitalet de Llobregat. Pero ha denegado que no se puedan hacer reuniones con un número superior a 10 personas porque lo consideran una medida "desproporcionada".

Estas restricciones en determinadas actividades sociales, incluyendo el incentivar el autoconfinamiento es para contener los brotes de la Covid-19 que hay en tres barrios de L´Hospitalet de Llobregat (Barcelona), que actualmente ya supera los 300 contagios.

El juzgado de instrucción en funciones de guardia ha informado de que "las medidas cuya autorización se solicitan no ofrecen problema jurídico alguno en lo que respecta a las recomendaciones. Y también ha afirmado que se trata de "una concreción geográfica de las medidas que en el Plan de Desescalada" aprobado el 28 de abril por el Gobierno.

La justicia se opone a prohibir las reuniones de diez o más personas porque esto "limitaría el derecho consagrado".

"Nada se opone a que se produzcan reuniones de diez personas si estas respetan las obligaciones impuestas como el uso de mascarillas, separación de metro y medio, etc., pues solo se correría riesgo si alguno de los asistentes está contagiado y existen otros mecanismos menos gravosos" 

Descartan prohibir las reuniones de más de diez personas en L´Hospitalet