martes. 23.04.2024

Los interinos del sector público que lleven más de 3 años contratados sin que se haya resuelto el proceso de selección, pasarán a ser trabajadores indefinidos no fijos. Así lo ha dicho la Sala Cuarta del Tribunal Supremo (TS). El Supremo aplica la reciente doctrina establecida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

Por ello, habrá una duración determinada duración máxima de un contrato máximo de tres años para que adquiera la condición de trabajador indefinido no fijo. 

El Pleno de la sala de lo social ha abordado los efectos de la reciente sentencia sobre los trabajadores interinos del TJUE, que declaró contraria al Derecho europeo una normativa española.

En respuesta a una cuestión prejudicial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el TJUE objetó a la norma que permite renovar contratos de duración determinada en espera del fin de procesos selectivos sin fecha y prohíbe la asimilación de trabajadores "indefinidos no fijos".

El Tribunal considera que el Acuerdo Marco europeo se opone a la normativa nacional, tal como ha sido interpretada por la jurisprudencia nacional, la cual, por un lado permite la renovación de contratos de duración determinada sin indicar un plazo de finalización de procesos de selección interna.

Asimismo, la norma prohíbe tanto la asimilación de esos trabajadores a "trabajadores indefinidos no fijos" como la concesión de una indemnización a esos mismos trabajadores.

Esta normativa no le parece a la corte con sede en Luxemburgo contraria al Acuerdo Marco, pero si señala que la renovación de contratos o relaciones laborales de duración determinada para atender a necesidades que en realidad no tienen carácter temporal, sino permanente y duradero, "no está justificada".

El Supremo indica en una nota que la sentencia, que afecta a 800.000 empleados públicos, se conocerá muy pronto.

Los interinos del sector público serán indefinidos no fijos cuando lleven 3 años