jueves. 28.03.2024

EL Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, mediante un Auto ha homologado el acuerdo alcanzado entre los familiares de una paciente fallecida y la entidad aseguradora del SACYL, por la que se reconoce que la muerte de Doña C.C.C. fue causada por una asistencia sanitaria defectuosa. La familia, representada por los Servicios Jurídicos de la

Asociación ‘El Defensor del Paciente’, recibirá una indemnización de 180.000 Euros por el fallecimiento de ésta.

En fecha 13 de marzo de 2015, cuando Doña C.C.C. contaba con 29 años, fue trasladada por el servicio de urgencias del 112 al Hospital Clínico Universitario de Valladolid por presentar dolor en la cadera izquierda, imposibilidad de deambulación y fiebre de 39 grados de tres días de evolución, por lo que se acordó el ingreso hospitalario.

Entre las pruebas diagnósticas que se le realizaron, la ecografía presentaba datos subjetivos de infección articular en cadera izquierda. Además, la analítica que le fue realizada mostraba una leucocitosis de 15.000 con desviación a la izquierda y PCR 206. A pesar de que había suficientes signos y síntomas clínicos que hacían sospechar que la paciente sufría una sepsis, no se pautó antibiótico.

Al día siguiente, 14 de marzo de 2015 la paciente seguía con dolor intenso, pero únicamente se aumentó la dosis de analgésico. Tampoco esta vez se pautó antibiótico, ni se repitieron las pruebas analíticas para vigilar su evolución.

A las 8 de la mañana del día 15 de marzo, estando ingresada, presentó una situación muy grave: dificultad respiratoria, saturación de oxígeno de 80%, taquicardia y anuria de 12 horas de evolución, frialdad distal, en manos y pies, taquipnea y respiración superficial. No obstante, pasaron más de tres horas hasta que ingresó en UCI. A su ingreso en dicha unidad los daños cerebrales ya eran gravísimos presentando shock séptico y fallo multiorgánico. Finalmente falleció el día 16 de marzo de 2015. La necropsia mostró que la sepsis invadió todos los órganos y tejidos, y el origen posible fue la infección articular.

Con el acuerdo alcanzado se reconoce que existió una mala praxis en la asistencia, por cuanto se debió instaurar tratamiento antibiótico desde el primer momento y no limitarse a aumentar la analgesia. Existían indicios claros de sepsis y los criterios de normalidad establecen que se debe aplicar desde el primer momento tratamiento antibiótico para abordar la infección. Se dejó avanzar la infección sin poner ningún freno a la infección.

El fallecimiento pudo evitarse de haber actuado el servicio público sanitario correctamente. Doña C.C.C. no recibió el tratamiento adecuado y de manera precoz, pues es sabido que en este tipo de cuadros la antibioterapia adecuada y precoz es un poderoso factor pronóstico de buena evolución.

Doña C.C.C tenía tan solo 29 años, estaba casada y tenía dos hijos de corta edad, que se ven privados de su esposa y madre a causa de una grave negligencia médica.

Carmen Flores, presidenta de la Asociación El Defensor del Paciente, indica al respecto: “Es lamentable que sigan ocurriendo casos tan llamativos e inadmisibles que estando ingresada en un hospital no se aborde una infección con antibiótico. Es importantísimo denunciar estas negligencias, para que se conozcan, tomen cartas en el asunto y no vuelva a suceder”.

Indemnizan a la familia de una joven de 29 años que murió por una infección hospitalaria