jueves. 18.04.2024

El Tribunal Supremo avala la prohibición de utilizar personajes famosos para publicitar técnicas o procedimientos médicos ligados a la utilización de productos sanitarios, según explica el Consejo de Dentistas en un comunicado. En concreto, entiende que la regulación de publicidad de servicios odontológicos está sujeta al Real Decreto por el que se regulan los productos sanitarios.

“El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra que avala la decisión de la Comunidad Foral, por la cual se prohíbe la difusión de una campaña publicitaria de Dentix protagonizada por dos personajes públicos en una de sus clínicas odontológicas en Pamplona: (…) el método Dentix convence por sí solo. Implantología dental desde 222 euros”, explica la organización en un comunicado.

En este caso, el Supremo “sienta un precedente” al entender que la regulación de publicidad de servicios odontológicos “tiene que estar sujeta” al Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios, especifican.

En 2015 el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Pamplona revocó en primera instancia el acuerdo del Gobierno de Navarra por el cual no se autorizaba dicha campaña publicitaria, al considerar que la difusión no recomendaba un producto sanitario, sino el “método Dentix” y que tal publicidad se centraba “en factores empresariales y económicos, pero no sanitarios, por lo que no incurría en recomendación prohibida”, aclara el Consejo de Dentistas.

El Gobierno de la Comunidad Foral recurrió ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra “que falló en contra de Dentix”, poniendo de manifiesto que estaba “claramente probada” la utilización de dos personas famosas, Eduardo Noriega y Cristina Pedroche, “para publicitar un método odontológico y técnicas ligadas a la utilización de productos sanitarios”.

“Ante esta última resolución, Dentix interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo y es ahora cuando la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TS confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra”, resume el Consejo General de Colegios de Dentistas de España.

Los famosos españoles ya no podrán publicitar técnicas ni productos sanitarios