jueves. 18.04.2024

El Gobierno aprobará este martes un Real Decreto-ley que incluye nuevas medidas económicas dentro del plan de choque para hacer frente a la pandemia del coronavirus, que ya ha dejado 497 fallecidos y más de 11.000 contagiados en España, y que contempla la concesión de la prestación por desempleo para todos los afectados por un Expedientes de Regulación Temporales de Empleo (ERTE) o una moratoria en el pago de hipotecas.

La duración de la prestación se extenderá hasta la finalización de la suspensión del contrato de trabajo o de reducción temporal de la jornada y ese tiempo consumido de paro no contará como gastado. 

Sin embargo, fuentes del Ministerio de Trabajo han asegurado a Europa Press que éste no es el texto definitivo que está discutiendo el Consejo de Ministros de hoy y que algunas de las medidas contenidas en este borrador podrían no quedar igual.

Se trata del primer Consejo de Ministros virtual de la historia de nuestro país ya que parte de sus miembros participarán por videoconferencia. Sí asistirán de forma presencial el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez; la vicepresidenta primera, Carmen Calvo; así como los cuatro ministros con competencias delegadas por el Estado de Alarma -Sanidad, Interior, Defensa y Transportes- y la ministra portavoz, María Jesús Montero. La reunión se celebrará desde las instalaciones del Departamento de Seguridad Nacional (DSN), ubicado en el complejo de Moncloa.

El Real Decreto-ley contempla que las medias adoptadas por las administraciones por motivo de salud pública, como cierre de centros, cancelación de actividades, restricciones a la movilidad de personas o mercancías o aislamientos para evitar contagios, podrán justificar ERTEs "por fuerza mayor".

En estos casos, las empresas tendrán que remitir a la autoridad laboral un informe que explique las circunstancias que le han llevado a presentar el ERTE, que será resuelto por la autoridad laboral en un plazo máximo de siete días.

De esta manera, los trabajadores afectados tendrán acceso a la protección por desempleo sin exigir periodo de carencia y su duración se extenderá hasta la finalización del período de suspensión del contrato de trabajo o de reducción temporal de la jornada.

En cuanto a la cuantía, será la resultante de computar el promedio de las bases de los últimos 180 días cotizados o, en su defecto, del período de tiempo inferior, inmediatamente anterior a la situación legal de desempleo. Asimismo, el documento recoge que los periodos de la prestación consumidos durante esa suspensión no contarán como gastados.

El Gobierno asegura en el preámbulo de la norma que para cumplir con el conjunto de medidas contempladas en el texto "se habilitarán todos los créditos necesarios".

Según el documento, también se permitirá a los trabajadores la adaptación y/o reducción de su jornada laboral, que podrá incluso alcanzar el 100%, cuando su presencia sea necesaria para atender a otra que, por razones de edad, enfermedad o discapacidad, requiera de un cuidado personal y directo.

Asimismo, el trabajador se podrá acoger a este derecho dante la ausencia del cuidador habitual de la persona a su cargo por causas relacionadas con el coronavirus, con su prevención o con evitar el contagio.

Este derecho será individual de cada uno de los progenitores. El objetivo de estas dos medidas, según explica el Gobierno, es configurar un conjunto de garantías para evitar la aplicación de sanciones por faltas de asistencia de los trabajadores ante la necesidad de atender al cuidado de personas a su cargo.

También podrán hacerlo si se han visto afectados por el cierre de centros educativos o de otros que dispensaran cuidados a la persona necesitada de los mismos (centros de día, por ejemplo).

En el caso concreto del derecho a adaptación de jornada, este borrador determina que la petición del trabajador deberá estar justificada y ser razonable y proporcionada teniendo en cuenta las necesidades concretas de cuidado que debe dispensar, "debidamente acreditadas", y las necesidades de organización de la empresa.

Este derecho, apunta el texto, podrá referirse a la distribución del tiempo de trabajo o a otras condiciones de trabajo, pudiendo consistir en un cambio de turno, alteración de horario, horario flexible, jornada partida o continuada, cambio de centro de trabajo o de funciones, cambio en la prestación del trabajo (incluyendo el teletrabajo) o cualquier otro cambio en las condiciones que estuviera disponible en el empresa o que pudiera implantarse de modo razonable y proporcionado.

El borrador del Real Decreto-ley no incluye medidas relacionadas con la protección de empresarios y autónomos, uno de los colectivos más afectados, ya que componen el 99,8 % del tejido empresarial del país.

Una de las medidas que se barajan es la suspensión temporal del pago de cotizaciones a la Seguridad social para empresas, autónomos y trabajadores. En cualquier caso, fuentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones han confirmado a Europa Press que se aplaza por ahora el aumento de las bases de cotización dadas las circunstancias.

A su vez, el Gobierno está barajando establecer una línea de avales para ayudar a las empresas ante el impacto del coronavirus en sus negocios y, para el colectivo de autónomos, agilizar la concesión de la prestación por cese de actividad a los autónomos. Aunque ya se ha aprobado el aplazamiento de las cotizaciones podrían llegar a anularse durante el periodo que dure el Estado de alarma.

También se aprobará un cambio normativo para ampliar los plazos en los procedimientos tributarios de los contribuyentes, según informó la Agencia Tributaria, que será flexible y no considerará los incumplimientos de trámites pendientes. 

Las nuevas medidas se sumarán a las primeras del paquete de choque económico ya recogidas en el Real Decreto-ley aprobado el pasado jueves en Consejo de Ministros extraordinario, con la inyección de 18.225 millones para paliar las consecuencias económicas e incluyen el aplazamiento y fraccionamiento de hasta 30.000 euros en deudas tributarias por un plazo de seis meses sin intereses, con tres meses de carencia, y una inyección de 14.000 millones de euros en liquidez a pymes y autónomos.

Para los empleados de la Administración General del Estado (AGE), los trabajadores en aislamiento continuarán percibiendo el 100% de sus retribuciones y se permitirán modalidades de trabajo no presencial y se flexibilizará el teletrabajo para los padres. A su vez, la norma agiliza el procedimiento para la contratación de todo tipo de bienes o servicios que sean necesarios.

Además, se dota una línea específica de crédito del ICO de 400 millones de euros destinada a empresas y autónomos del sector turístico y se permite que las empresas que han recibido préstamos de la Secretaría General de Industria y de la pequeña y mediana empresa puedan aplazar su reembolso.

También se amplían las bonificaciones a la Seguridad Social para contratos fijos discontinuos que se realicen entre los meses de febrero y junio en los sectores de turismo, comercio y hostelería vinculados a la actividad turística, con un coste estimado de 45 millones de euros.

Apoyo de la Comisión Europea

Junto a las consensuales por Eurogrupo de este lunes, la Comisión Europea ha anunciado que flexibilizará los objetivos de déficit y adoptará medidas para garantizar liquidez, así como el uso de 37.000 millones de fondos estructurales, de los que 4.100 irán para España.

Asimismo, el organismo ha autorizado este martes a los países de la UE a ampliar el periodo de solicitud de ayudas de la Política Agrícola Común (PAC) hasta el 15 de junio, como había solicitado Italia y, más tarde España, como respuesta a la "difícil situación" que plantea el brote de coronavirus en el bloque.

Los españoles afectados por los ERTE tendrán derecho a la prestación por desempleo