viernes. 29.03.2024

El derecho a adaptar la jornada laboral por el motivo de la conciliación

La Secretaría de Empleo de CCOO de Córdoba, en el marco del proyecto "El teletrabajo y los nuevos retos laborales con perspectiva de género" del acuerdo de concertación “Juntos x Córdoba” con la Diputación de Córdoba, ha iniciado una campaña de difusión sobre la importancia de la conciliación y la corresponsabilidad para la calidad de vida de las personas.

 

Familia.
Familia.

La Secretaría de Empleo de CCOO de Córdoba ha iniciado con motivo del Día nacional de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y corresponsabilidad en la asunción de responsabilidades familiares, que se celebra mañana miércoles, una campaña informativa sobre el derecho a solicitar la adaptación de la jornada laboral.

La campaña, que se enmarca en el proyecto “El teletrabajo y los nuevos retos laborales con perspectiva de género” del acuerdo de concertación “Juntos x Córdoba” con la Diputación de Córdoba tiene un doble objetivo. Por un lado, trata de concienciar a la sociedad de la importancia que tiene la conciliación y la corresponsabilidad para la calidad de vida de todas las personas y para ello es necesario implicar en esta tarea a la sociedad en general, familias, personas trabajadoras, Administraciones Públicas, empresas y agentes sociales.

Por otra parte, y dentro de las medidas de conciliación, la campaña se centra en la posibilidad de solicitar la adaptación de jornada que permite lograr el equilibrio entre la faceta familiar y profesional sin tener que asumir ciertas renuncias como sucede al solicitar una excedencia o al reducir la jornada y por tanto, el salario.

Así, CCOO ha diseñado una infografía en la que se explica cómo hacer efectivo el derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral que se recoge en el art. 34.8  Del Estatuto de los Trabajadores, que indica que los trabajadores por cuenta ajena pueden solicitar adaptaciones de la duración y distribución de la jornada laboral, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de trabajo a distancia.

El sindicato recuerda que la adaptación debe ser razonable y proporcionada en relación a las necesidades de la persona trabajadora y a las necesidades organizativas o productivas de la empresa
Para acceder a la adaptación de jornada, la persona solicitante se atendrá a lo dispuesto en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, tras la solicitud por la persona trabajadora se abre un proceso de negociación durante un periodo máximo de 30 días. Tras dicho periodo la empresa comunicara por escrito la aceptación de la petición, una propuesta alternativa o su negativa indicando sus razones objetivas.

Cabe recordar que, en caso de realizar la solicitud para conciliar la vida familiar por hijos e hijas a cargo de la persona trabajadora, la adaptación de jornada se podrá solicitar hasta que cumplan 12 años.
 

El derecho a adaptar la jornada laboral por el motivo de la conciliación