viernes. 29.03.2024

La Audiencia Provincial de Palma de Mallorca ha decretado el archivo de un juicio contra un hombre que fue denunciado por su excuñada al sentirse obligada a practicarle sexo oral mientras ella no le devolviese los 15.000 euros que él le había prestado.

Los jueces han llegado a la conclusión de que no hubo delito porque  fue "una relación pactada libremente" entre ellos. Los magistrados destacan que la relación sexual cesó por "la negativa de ella a mantenerla", sin que esa oposición tuviera "otra consecuencia que la reclamación de la deuda".

El proceso judicial comenzó cuando la mujer, R.M, fue a denunciar ante la Policía al hermano de su exmarido, con el que siempre había mantenido una buena relación. La mujer afirmó que, debido a los problemas económicos que tenía pidió ayuda a su excuñado, J.R. Él le ingresó en una cuenta 15.000 euros, sin estipular la forma ni el plazo de devolución, "quedando que lo haría como pudiera".

Según la denunciante, el hombre le dijo después que "debido al favor que le había hecho tenía que hacerle dos o tres 'biberones' [felaciones] a la semana y que mientras se mantuviese la deuda debía hacerle de 'xiribeba' [fulana]".Esto ocurrió en cinco ocasiones, en las que ella practicó sexo oral a su excuñado en el interior del vehículo de él.

La mujer, en su relato ante los jueces afirmó haberse sentido "psicológicamente obligada porque él la había ayudado" y "llegó a sentirse amenazada". Manifestó que el denunciado le propuso penetrarla y ella se negó. Al día siguiente quedó con él para poner punto final a la relación. El hombre le dijo entonces que esperaba que le devolviese el dinero. 

Posteriormente, el denunciado, le envió una carta en la que decía que debía ponerse en contacto con él para hablar del pago de la deuda y que, si no lo hacía, recurriría a abogados para reclamarle la deuda. También le manifestó que hacía responsables del pago a las dos personas titulares de la cuenta en la que hizo el ingreso, es decir, a la denunciante y a su hija.

J.R. sostuvo, por su parte, que llegó con su excuñada al "acuerdo de mantener relaciones sexuales a cambio prestarle 15.000 € sin intereses". El hombre añadió que posteriormente ella cambió de opinión "y dejó de cumplir su parte del trato". Pese a que "debió devolver el dinero", cuando J.R. se lo reclamó ella interpuso la denuncia "con el fin de poner fin a los favores sexuales sin devolver el préstamo".

J.R., que pretendía que "las relaciones fuesen a más", negó cualquier tipo de amenaza en relación a la hija de la denunciante y afirmó que  a la hija como corresponsable de la deuda junto a su madre porque ambas estaban en la cuenta. El denunciado sostuvo que el delito sería la "estafa" cometida por ella, ya que "exigir el cumplimiento de un trato previamente aceptado no constituye un delito".

Un juez no ve delito de coacciones en que un hombre haga que su excuñada pague una...