jueves. 28.03.2024

Este martes el Gobierno ha explicado en la rueda posterior al Consejo de Ministros de este martes el requerimiento de un plan de viabilidad para que aquellas empresas que quieran acogerse al fondo de rescate de 10.000 millones de euros. 

Podrá acogerse a este fondo cualquier empresa considerada estratégica si en los últimos meses por la crisis del coronavirus su solvencia se ha visto afectada. 

Según las condiciones de este mecanismo, el procedimiento tiene que iniciarlo la propia empresa afectada mediante solicitud por escrito.

La empresa debe acreditar que cumple una serie de condiciones. A saber: que su domicilio y centros productivos estén en España; que no estuviera en crisis (ni en concurso voluntario ni en situación de insolvencia) a 31 de diciembre de 2019; que esté al corriente de sus obligaciones tributarias y sin haber sido condenada por cohecho, prevaricación o malversación fondos públicos, y acreditar que sin esta ayuda cesaría en su actividad y tendría graves dificultades para mantenerse a flote.

Además, tiene que justificar que su cese tendría un impacto negativo en la economía y en el empleo regional y presentar un plan de viabilidad a medio y largo plazo con previsión de reembolso de la ayuda estatal.

Cabe destacar que estas empresas no podrán llevar a cabo una política comercial agresiva ni asumir excesivos riesgos, al igual que tampoco podrán distribuir dividendos, ni los miembros del consejo de administración podrán cobrar primas o retribución variable.

El importe mínimo será de 25 millones por beneficiario, salvo casos justificados, mientras que en lo relativo al importe máximo, se fijará el que sea imprescindible, siempre y cuando no supere el patrimonio neto de la compañía a 31 de diciembre 2019.

El Gobierno exige un plan de viabilidad a las empresas afectadas por la crisis del...