viernes. 29.03.2024

Redacción.- El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Maciej Szpunar, ha manifestado que el uso del IRPH como índice de referencia en las hipotecas puede considerarse una "cláusula abusiva" pero que compete a cada tribunal nacional establecerlo en cada caso concreto.

Las conclusiones del abogado general no son vinculantes para la Corte europea pero los jueces suelen seguir sus recomendaciones en una sentencia que se espera para el primer trimestre de 2020.

El dictamen del letrado tendría que haberse emitido el pasado 24 de junio, pero se aplazó para después de verano. Según su criterio, Szpunar considera la claúsula "abusiva, compleja y poco transparente para ser entendida por un consumidor medio".

La banca española utilizo el IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) en un millón de hipotecas, este índice encarece los préstamos considerablemente porque se sitúa un par de puntos porcentuales por encima del euríbor.

En su futuro fallo, la Corte europea contestará a la cuestión prejudicial sobre la transparencia del IRPH que elevó el Juzgado de Primera Instancia número 38 de Barcelona. El Tribunal Supremo dictaminó a favor de los bancos a finales de 2017, sin embargo dos magistrados emitieron un voto particular en contra de esa sentencia y la Audiencia Provincial de Madrid declaró nulo el IRPH.

Desde su admisión a trámite, el TJUE estudia en profundidad la adecuación del IRPH. Los aspectos que deberá dirimir son si es nulo o ilegal, si tiene que estar sometido a los mismos controles de transparencia que otros productos y si, de ser contrario a los bancos, cabría la posibilidad de conceder la retroactividad, lo que significaría devolver a los clientes el dinero pagado de más.

El abogado de la UE ha manifestado que el uso del IRPF como índice de referencia en...