viernes. 29.03.2024

CCOO pone en marcha una campaña de información y asesoramiento sobre el registro horario

El sindicato advierte que estará vigilante del cumplimiento de la normativa que es una reivindicación histórica que beneficiará a las personas trabajadoras. CCOO pone a disposición de los trabajadores y trabajadoras el teléfono móvil (también para Whatsapp) 649185029 para aclarar dudas, buscar asesoramiento o denunciar una situación fraudulenta o abusiva.
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Elena Páez. El secretario de Salud Laboral de CCOO de Córdoba, Manuel Torres, ha valorado la entrada en vigor una de las novedades en materia laboral que se aprobó en la pasada legislatura: la obligación por parte de las empresas de tener un registro del horario que realizan sus trabajadores y trabajadoras, una medida que se trata de una reivindicación “histórica” de CCOO que finalmente se ha plasmado en Ley fruto del diálogo social a nivel estatal mediante el ‘Real Decreto-Ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo.

Desde este momento, todas las empresas sean del sector que sean están obligadas a establecer este registro y a todas las personas trabajadoras, ya tengan puestos móviles o itinerantes, por teletrabajo o cualquier otra modalidad, “puesto que las nuevas tecnologías hoy permiten innumerables posibilidades para poder implementar ese registro horario”, ha apuntado Torres quien recuerda que la multa por incumplir esta medida puede llegar hasta los 6.250 euros.

Precisamente para evitar que ese incumplimiento se dé, CCOO ha llamado a la Inspección de Trabajo a actuar “con contundencia” al tiempo que ha puesto en marcha una campaña de información y asesoramiento para que las personas que lo deseen puedan consultar sus dudas sobre este sistema o denunciar situaciones fraudulentas o abusivas. El número de teléfono habilitado para tal fin es el 649 185 029.

Para CCOO el establecimiento de dicho registro es “fundamental” que se lleve a cabo con el acuerdo con la representación sindical, mientras que donde no la hay, el sindicato ha dejado claro que “estará vigilante para que se establezca el control del registro de jornada en todas las empresas bajo unos mínimos requisitos que son necesarios para que cumpla su función”. Entre esos requisitos, el responsable sindical ha explicado que “debe ser un registro permanente, en tiempo real y objetivo para evitar su creación posterior, manipulación o alteración del registro; quedar registrado cada día el horario concreto de entrada y salida de manera individual, con las interrupciones o incidencias que se den, no siendo suficiente la exhibición del horario general en la empresa o los cuadrantes horarios; incluir tanto las horas ordinarias, complementarias o extraordinarias; y verificable para que la inspección puede actuar cuando sea el caso”. Asimismo, es necesario entregar una copia mensual a la persona trabajadora junto con la nómina, y garantizar la consulta en cualquier momento al interesado o interesada.

En opinión del sindicato, esta medida traerá enormes beneficios a las personas trabajadoras porque cobrarán las horas extras que ahora no se registran ni se pagan, al tiempo que el incremento de cotizaciones a la seguridad social tendrá repercusiones en las prestaciones futuras (desempleo, pensión de jubilación, etcétera), y el necesario aumento de las posibilidades para conciliar y respetar el tiempo de descanso necesario para la proteger nuestra salud.

La realización de horas extras no pagadas es práctica habitual en las empresas. Un informe elaborado por CCOO apunta que en el primer trimestre de 2019 en Andalucía se realizaron 123.183 horas extra no pagadas, que equivaldrían a 3.080 empleos semanales a tiempo completo. En el caso de Córdoba, en el primer trimestre se contabilizaron 2.666 horas extra no abonadas, lo que supondría 67 empleos. Bien es cierto que Córdoba es la provincia andaluza que menor porcentaje de horas extra no remuneradas sobre el total de horas extra registra, con un porcentaje del 14,2.

Como señala el dirigente sindical, el registro se puede establecer de manera manual (con la tradicional hoja de firmas), o digitalmente (mediante huella, tarjeta o aplicación informática). “Sea como sea, lo importante es que la representación legal de los trabajadores y trabajadoras pueda ejercer su función de control, que cumpla los requisitos anteriores para que sea válido para nosotros y que la inspección de trabajo actúe con contundencia”, apostilla.

CCOO pone en marcha una campaña de información y asesoramiento sobre el registro horario