lunes. 21.04.2025

El Juzgado Mercantil Nº 1 de Córdoba ha dictado una nueva sentencia exonerando el 100% de las obligaciones contraídas por la interesada de forma definitiva, permitiéndole empezar de cero.

Al tener una vivienda en propiedad hipotecada, le perdonará la deuda total cuando el banco ejecute y la desahucie; mientras, podrá vivir en el inmueble sin pagar el préstamo.

La Asociación de Ayuda al Endeudamiento ha cerrado este expediente con éxito amparándose en la Ley de la Segunda Oportunidad.

Recomponerse financieramente tras varias experiencias fallidas

La protagonista de esta historia vio cómo el bucle en el que estaba inmersa no tenía fin. Esta cordobesa acumuló deudas tras regentar un restaurante con su ex marido, cuando el negocio no pasaba por su mejor momento, decidieron solicitar diferentes préstamos para darle un impulso al negocio,  al poco tiempo, llegó el divorcio y tuvieron que cerrar el restaurante, acumulando créditos con diferentes entidades. A pesar de su esfuerzo por hacer frente a esas obligaciones, no conseguía asumir la cuota mensual e incurrió en impagos.

Tras el divorcio, esta antigua empresaria, se quedó en desempleo, obteniendo unos ingresos muy bajos, esto generó que la deuda e intereses siguieran aumentando hasta llegar a una cuantía de 38.036,52 euros. Tras empezar a recibir llamadas de empresas de recobro y avisos de embargos sobre su único ingreso, decidió tomar cartas en el asunto.

Fue entonces cuando acudió a la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad de ámbito nacional en este tipo de casos. Tras estudiar su caso, los abogados de la entidad le aconsejaron declararse insolvente y acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.

El primer beneficio obtenido por este procedimiento es el respiro económico para la deudora: se suspende toda obligación de pago a acreedores y se paraliza cualquier ejecución de embargo. Esto generó un alivio en la deudora debido a que le permitía ahorrar mes a mes.

Exoneración de la hipoteca cuando se materialice la Ejecución Hipotecaria

Cada vez son más los Juzgados que asumen la difícil situación que muchos deudores hipotecarios atraviesan y los altos precios del alquiler de la vivienda actuales. Por ello, al igual que el Magistrado Antonio Fuentes Bujalance ha vuelto a conceder, perdonan las deudas a aquellos solicitantes de la Ley de la Segunda Oportunidad y permiten vivir en su vivienda mientras el Banco no ejecute.

“Esta solución es práctica, justa y da unos meses para recuperarse y mudarse a los deudores una vez se han quedado libres de deudas”, reconoce el letrado de la concursada Pepe Domínguez.

Requisitos que marca la Ley de la Segunda Oportunidad para condonar el total de las deudas

Para acogerse al procedimiento es necesario cumplir una serie de requisitos, que han cambiado con la reforma concursal. Estos son: la insolvencia del interesado, no haber sido exonerado en los últimos 5 años y carecer de delitos de orden socioeconómico.

Esta resolución definitiva dictada el 1 de septiembre concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a este deudor libre de pagar 38.036,52 euros.

Desde entonces, los acreedores del asociado -entre otros BBVA y Banco Santander- no podrán reclamar ningún pago más al ya ex-deudor ni incluirlo en ficheros de morosos.

Perdonan sus deudas a una vecina cordobesa permitiéndole vivir en su casa