miércoles. 24.04.2024

Según recogen los autos del juzgado, consultados por Europa Press y facilitados por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la magistrada señala que "no consta una contraindicación médica" para la vacunación en ambos casos, por lo que deben ser estimadas las solicitudes presentadas por las directoras de las referidas residencias de mayores y autorizar su vacunación.

Al respecto, la Fiscalía sostiene que "procede autorizar la vacunación en la medida en que conlleva importantes beneficios para la prevención de la salud" de ambas mujeres, "sin que se advierta perjuicio relevante de acuerdo con lo informado por el médico forense", de modo que "de no hacerlo se derivaría un riesgo inaceptable para la salud del resto de usuarios, así como para las demás personas" que trabajan en dichos centros.

En concreto, en el primer de los casos, una mujer, ingresada en una residencia, "había expresado la voluntad de no vacunarse", pero al tratarse de "una usuaria con presunta incapacidad para decidir voluntariamente debido a su deterioro cognitivo", la directora del centro lo puso en conocimiento del juzgado.

Mientras, en el otro caso, las hijas de una mujer usuaria de una residencia de mayores han negado la posibilidad de que se le inocule dicha vacuna "alegando que le sientan mal muchos medicamentos o la vacuna de la gripe". Contra las resoluciones caben recursos de apelación ante la Audiencia Provincial.

Cabe recordar que en febrero el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Priego de Córdoba acordó autorizar la administración de las vacunas contra el Covid-19 a cuatro personas usuarias de la residencia Fundación Arjona Valera de dicho municipio, tras la negativa de familiares.

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