lunes. 20.01.2025

El origen del endeudamiento que enfrenta un individuo local está directamente relacionado con su pasada actividad como empresario. Durante su tiempo al frente de su negocio, sufrió las consecuencias devastadoras de la crisis económica que estalló en 2008. La recesión económica afectó gravemente a su empresa, lo que llevó a la quiebra del negocio y generó una deuda considerable que, lamentablemente, no pudo liquidar debido a la magnitud de los problemas financieros que surgieron en ese periodo.

Tras la quiebra llegaron largos y continuos períodos de desempleo, lo que agravó aún más su capacidad para hacer frente a la deuda acumulada. Durante esos años sin trabajo, el individuo se vio en la imposibilidad de generar los ingresos necesarios para cumplir con sus compromisos financieros, lo que lo llevó a una espiral de endeudamiento cada vez más difícil de controlar.

Tal y como explica Pepe Domínguez, abogado de Ayuda Endeudamiento, “también fue determinante la hipoteca solicitada durante el boom inmobiliario”. Además, prosigue Domínguez, “los altos intereses contratados y la caída de los precios de la vivienda dieron lugar a una situación de insolvencia de nuestros asociados, que intentaron en su día amistosamente la dación en pago”.

Estudiado el caso con minuciosidad, los letrados de la Asociación les aconsejaron comenzar el procedimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad, procedimiento por aquel entonces casi desconocido en nuestro país.

Cómo se ha conseguido que puedan empezar de nuevo sin deudas

La estrategia a llevar estaba clara: solicitar la cancelación de la deuda pendiente manteniendo la vivienda en propiedad, la cual era necesaria para la vida de la familia Con el inicio del procedimiento el deudor podía dejar de pagar sus préstamos y seguir disfrutando de su vivienda mientras durase el procedimiento.

El proceso tiene unos pasos marcados: se presenta la demanda de concurso en los Juzgados competentes solicitando la apertura de un “concurso de acreedores". En este punto, los letrados lograron dejar a parte la vivienda del deudor, dado que la carga hipotecaria era muy cuantiosa.

Una vez gestionada esta fase, se procede a solicitar el perdón deuda pendiente justificando que el deudor cumplía con los preceptos que marca la legalidad vigente. Finalmente, el juzgado dictó la sentencia de exoneración dejando sin efecto los 899.800,95 euros que debían los concursados. Desde ahora, los acreedores de los asociados no pueden reclamar nada más ni incluir al ex-deudor en ficheros de morosos.

Empresario de Córdoba afectado por la crisis inmobiliaria mantendrá su vivienda