viernes. 29.03.2024

La historia de estas dos hermanas cordobesas está dando que hablar. Los padres de estas dos jóvenes, de 23 y 25 años en la actualidad, se divorciaron en 2003. Ellas se quedaron con la madre y la relación con su padre nunca había sido especialmente buena, especialmente cuando cumplieron la mayoría de edad.

Tan solo se dirigían a su padre, Gabriel Velamazán, para pedirle dinero, incluso el abogado de este cuenta que su defendido “era como un cajero automático”. Quien ahora ha ganado en los tribunales el derecho a dejar de pasarles la pensión por el “desapego absoluto” de las jóvenes hacia su padre.

Velamazán señalaba que esta ha sido la primera vez que un juzgado ha dictado este tipo de sentencia. Definiéndolo como "demandar la extinción de la obligación de pagar pensión alimenticia a los hijos cuando media un desapego absoluto, duradero en el tiempo y básicamente imputable los hijos”.

Desde el año 2003 el padre ha pasado la pensión alimenticia a sus hijas, que por aquel entonces tenían 8 y 6 años. Pero tras muchos intentos de retomar la relación a lo largo de estos años, y ver que estas no respondían, decidió llevar el asunto a juicio.

El propio letrado relataba que "la relación del padre respecto a aquellas había acabado reducida a la de un cajero automático”. Y explicaba el mismo que “llegadas a la mayoría de edad, la decisión y consiguiente responsabilidad es de las mismas, que han decidido mantener esa nula relación”. Y no solo eso, además el rechazo al padre se extendió a toda la familia paterna.

Esta sentencia ha abierto la veda para acabar con la situación de "que un progenitor pueda ser absolutamente despreciado por sus hijos, salvo a la hora de abonarles alimentos, y que de ello no se derivase consecuencia alguna, porque, como nos enseñaba la citada Sentencia del Tribunal Supremo: la solidaridad familiar implica derechos y obligaciones”, sentenciaba el abogado.

Dos hermanas cordobesas pierden la pensión que les pasaba su padre por tratarlo como...