El servicio de mediación de menores infractores en Córdoba ha aumentado el número de casos atendidos en un 112 por ciento, durante el año 2021. Así ha informado la delegada de Justicia, Administración Local y Función Pública, Raquel López, durante su visita a la sede donde se presta este servicio en Córdoba, en la asociación Ímeris.
El número de menores atendidos durante el pasado año, según los últimos datos de los que se dispone, ha sido, en concreto, de 400 mediaciones, una cifra que sitúan a Córdoba como la segunda provincia andaluza que más ha usado este recurso, ha explicado la delegada de Justicia.
El servicio de mediación de menores, ha explicado la delegada, “es un método alternativo para la resolución de conflictos establecido al amparo de la ley reguladora de la responsabilidad penal de los menores que prevé este tipo de medida, con una clara finalidad pedagógica y un alto valor educativo”.
En Córdoba este servicio se presta por parte de la asociación Ímeris, que trabaja para proporcionar una atención e intervención especializada a menores y familias en situación de conflicto social y o familiar.
El servicio de mediación de menores se presta a través de licitación pública. En este sentido, este recurso dispone de un presupuesto de casi 370.000 euros repartido en 4 anualmente dades, ha informado la delegada.
Este servicio lo forma un equipo de profesionales expertos en mediación que realizarán sus funciones de conciliación y reparación de manera neutral e imparcial, compartiendo una metodología de intervención y trabajando de forma coordinada entre ellos y con otros recursos de la comunidad, para conseguir los objetivos de la mediación, que no son otros que la reparación del daño.
Por lo tanto, ha concluido la delegada, “debemos considerar como muy positiva la utilización de este recurso, no solo desde el punto de vista pedagógico del menor infractor, de reparación del perjuicio ocasionado a la víctima, sino también que a través de este mecanismo se descongestiona el juzgado de menores”.
El uso de este sistema alternativo de resolución de conflictos puede producirse extrajudicialmente, en cuyo caso el Fiscal desiste de la continuación del procedimiento cuando se ha llevado a cabo la reconciliación, o de forma intradjudicial, una vez iniciado el procedimiento, el juez autoriza que se lleve a cabo esta mediación y que da lugar a la revisión de la medida impuesta.
Tanto la mediación extrajudicial como la intrajudicial suponen, añade la delegada, “un alivio para la carga del juzgado de menores, toda vez que en el primer caso se evita el inicio del procedimiento judicial y el segundo caso, una vez iniciado el procedimiento al derivarse a mediación se reduce el número e de procedimientos”.