viernes. 19.04.2024

El pasado día treinta de abril de dos mil veintiuno se dictó una Sentencia por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Córdoba por la que se ha declarado la nulidad de la por abusivas de las cláusulas de “comisión de apertura” y “gastos de formalización” de un préstamo hipotecario de un consumidor que contrató su hipoteca con BBVA.

Según nos informan desde Solución Revolving, despacho de abogados especializados en derecho bancario que ha dirigido el procedimiento, en la resolución, que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, se condena a la entidad bancaria por un importe total de 2.652,07 Euros.

Respecto a la comisión de apertura el magistrado ponente señala respecto a la comisión de apertura fundamenta la nulidad de la cláusula en que “no se ha acreditado la prestación de servicio alguno vinculado a la citada comisión, y efectuado con carácter previo a la concesión del préstamo, no se han aportado los estudios de riesgo o viabilidad de la operación...”

En cuanto a la devolución de los gastos de formalización de hipoteca, se procede a condenar a la entidad conforme a la doctrina emanada de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 16 julio 2020 y de la que finalmente se ha hecho eco nuestros Tribunales nacionales, donde el cliente finalmente puede reclamar el 100% de los gastos de gestoría y registro, así como el 50% de la factura de Notaria que pagó en su día.

Además, es muy interesante ésta sentencia que el bufete recibía el 4 de marzo, de la Audiencia Provincial de Córdoba pues se confirma que BBVA además de devolver el importe pagado por el consumidor, tiene que devolverle también los intereses legales desde que se pagaron dichos importes y en este caso nos indican que “en algunos casos, al haber transcurrido muchos años, se da la paradoja de que estos intereses pueden alcanzar un importe de hasta la mitad de lo pagado”-.

En opinión de los letrados de Solución Revolving, este fallo supone “muy buenas noticias para los consumidores cordobeses y mala noticias para las entidades bancarias, que ven como los tribunales españoles y, en este caso, los cordobeses, confirman la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 16 julio 2020, que es la que ha dado origen a la posibilidad de que los consumidores puedan recuperar el importe pagado por esta comisión de apertura”.

Declaran nulas las cláusulas de comisión de apertura y gastos de una hipoteca en BBVA a...