sábado. 24.05.2025

La Audiencia Provincial de Córdoba ha confirmado la condena por delito contra la intimidad al exdelegado del Córdoba CF, rechazando el recurso de apelación presentado por su defensa. El tribunal mantiene así la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 2 de Córdoba, que considera probado que el acusado grabó con su móvil a una árbitra de fútbol sin su consentimiento mientras se desvestía en un vestuario del Estadio Nuevo Arcángel, en abril de 2022.

La Audiencia valida las pruebas y respalda la versión de la víctima

El tribunal considera que existen pruebas de cargo suficientes para mantener la condena: entre ellas, destaca la grabación del cuerpo desnudo de la árbitra, así como su testimonio persistente, creíble y verosímil. La prueba videográfica fue calificada como legal, válida y contundente, lo que refuerza la conclusión de que hubo una vulneración de la intimidad en el vestuario.

El exdelegado alegó que cargaba el teléfono móvil, pero el tribunal desconfió

El acusado justificó que el teléfono móvil grababa "por error" mientras se cargaba, sin embargo, la Audiencia rechazó esa versión por considerarla una "excusa defensiva". El tribunal subraya que el dispositivo fue colocado de manera deliberada en posición vertical y apuntando a la zona de la ducha, sabiendo que la árbitra usaría el vestuario a solas. Además, el acusado tenía otro lugar cercano donde podría haber cargado su móvil sin problemas.

La árbitra descubrió la grabación al ver el reflejo del móvil

La víctima se percató de que el dispositivo estaba grabando al notar un reflejo en los azulejos. Al revisar el móvil, comprobó que la cámara apuntaba directamente hacia la ducha. En presencia de varios testigos, preguntó de quién era el terminal. El exdelegado del club confesó que era suyo y aseguró que se estaba grabando “sin querer”. La árbitra se envió el vídeo a sí misma, obligó al acusado a borrarlo y acudió a denunciar los hechos ante la Policía Nacional. Aunque fue detenido, el club no lo despidió hasta seis meses después.

Condena: prisión, multa e indemnización

El exdelegado del Córdoba CF ha sido condenado a un año de prisión, una multa de 2.160 euros y el pago de una indemnización de 2.000 euros a la víctima por los daños morales sufridos. También deberá abonar las costas procesales, incluidas las de la acusación particular. La Audiencia considera que la cuantía de la indemnización es “equilibrada” y responde al impacto psicológico que el hecho provocó en la árbitra.

Costas procesales de la apelación declaradas de oficio

Aunque la Audiencia Provincial rechazó todos los argumentos de la apelación, acordó que las costas del recurso se declaren de oficio, al no observar mala fe por parte del condenado al presentar su recurso.

Condenan al exdelegado del Córdoba CF que grabó a una linier sin consentimiento