viernes. 19.04.2024

El Consejo de Gobierno ha aprobado, a propuesta de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, prorrogar las medidas económicas vigentes que garanticen las prestaciones de la Dependencia hasta el 31 de marzo de 2021, debido a la continuidad en el tiempo de un escenario de crisis sanitaria por el Covid-19. El objetivo de esta medida es proteger a las personas beneficiarias en situación de dependencia, al tiempo que se favorece la actividad económica de las entidades prestadoras y el mantenimiento del empleo.

El departamento que dirige Rocío Ruiz ha considerado necesario volver a ampliar la vigencia de las medidas contempladas en los acuerdos de 8 de septiembre y 17 de noviembre de 2020, que ya fueron prorrogadas en su momento, sobre la financiación tanto del servicio de ayuda a domicilio y de los centros de día para personas mayores como de los centros de día y centros ocupacionales para personas con discapacidad.

 En el caso de los centros de día para personas mayores y con discapacidad y los centros ocupacionales, en el supuesto de imposibilidad de incorporación de la persona beneficiaria, se procederá a la reserva de la plaza mientras subsistan las circunstancias acreditadas por la autoridad sanitaria.

Por su parte, los centros deben realizar tareas diarias de seguimiento domiciliario o de carácter telemático adaptadas a cada situación para verificar que la persona queda debidamente atendida. Con el objetivo de mantener el mayor nivel posible de autonomía personal y calidad de vida, el centro debe diseñar un plan de tareas y actividades para que la persona dependiente la desarrolle en su casa.

En esta circunstancia, la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía (ASSDA), entidad adscrita a la Consejería de Igualdad, abona a las entidades por las plazas ocupadas la diferencia entre el coste de cada plaza y las cantidades que deberían abonar las personas titulares, que tienen una reducción del 60% en su aportación mensual mientras reciben el servicio de centro de día de manera no presencial.

Por otro lado, con el fin de dar continuidad asistencial a aquellas personas beneficiarias que lo soliciten y que, por especial vulnerabilidad ante la situación de crisis sanitaria, hayan visto alteradas sus circunstancias de forma permanente y sea imposible su incorporación a los centros de día, se priorizará la tramitación de la revisión de su Programa Individual de Atención para proceder a un cambio de prestación.

Con respecto al servicio de ayuda a domicilio en los casos de suspensión por razones sanitarias, se contempla la reconfiguración del contenido de las atenciones domiciliarias de forma personalizada, verificando siempre que la persona queda debidamente atendida.

En estos casos, la atención será preferentemente telefónica y proporcionando aquellas tareas que, no estando previstas inicialmente, se hayan prestado, como realizar compras de alimentación o medicinas, elaborar comida o proveer de la misma, promover contacto telemático con familiares confinados en otros lugares, etcétera.

 En todo caso, las posibles reconfiguraciones del servicio de ayuda a domicilio deben garantizar la cobertura de las necesidades básicas de las personas usuarias de grado III (gran dependencia) y grado II (dependencia severa) que tengan escaso apoyo familiar, priorizando el aseo, la movilización, ayuda para comer y beber, la administración del tratamiento médico en coordinación con los equipos de salud, siempre con los equipos de protección individual según las recomendaciones sanitarias.

Además, en caso de suspensión del servicio de ayuda a domicilio de forma presencial, la ASSDA abonará a los ayuntamientos y diputaciones provinciales el importe financiado establecido originariamente, siempre vinculado al compromiso de la entidad prestadora de mantener el empleo.

Finalmente, se prorroga la medida aprobada en el Acuerdo de 17 de noviembre de 2020, en la que se contempla que cuando, por causas del Covid-19, las personas beneficiarias del servicio de ayuda a domicilio soliciten voluntariamente la suspensión total o parcial del servicio, la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia financiará la cantidad que corresponde con la intensidad aprobada. Dichos abonos quedan vinculados al compromiso de la entidad de mantener el empleo mientras esté vigente el presente acuerdo. En todo caso, las entidades verificarán que la persona queda debidamente atendida en cada necesidad.

Las medidas de apoyo al servicio de ayuda a domicilio y centros de día andaluces se...