viernes. 29.03.2024

La Consejería de Salud y Familias ha presentado al Consejo de Gobierno el anteproyecto de Ley de la Atención Temprana en Andalucía, que tiene como objeto regular las condiciones básicas que garanticen el derecho a la atención temprana de la población infantil menor de 6 años, que padezca trastornos del desarrollo o riesgo de padecerlos, sus familias y entorno, en condiciones de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal. Entre otros fines, la norma garantizará la calidad de la prestación y fomentará la investigación y la formación de los profesionales.

La Atención Temprana tiene como finalidad favorecer el óptimo desarrollo y la máxima autonomía personal de la población infantil menor de seis años, con trastornos en su desarrollo o riesgo de presentarlos, tratando de minimizar y, en su caso, eliminar, los efectos de una alteración o discapacidad, así como la aparición de trastornos o secuelas añadidas, facilitando la integración familiar, escolar, social y la calidad de vida de las personas menores y familias.

Con este anteproyecto de Ley, la Consejería de Salud y Familias pretende ordenar las actuaciones de Atención Temprana en Andalucía mediante el establecimiento de una red integral de responsabilidad pública y de carácter universal y gratuito, que delimite las competencias y las responsabilidades en esta materia.

Del mismo modo, se establece un marco de referencia que asegure el carácter intersectorial de las actuaciones públicas en esta materia, mediante la necesaria coordinación entre los ámbitos implicados, como son el ámbito sanitario, educativo y social.

Entre los objetivos de este anteproyecto de Ley destaca el de garantizar la calidad en la prestación de la Atención Temprana conforme a criterios en términos de efectividad, beneficio y satisfacción de las personas afectadas, el fomento de la investigación y la formación continuada de los profesionales, y el establecimiento de un régimen sancionador autonómico en esta materia.

La Atención Temprana beneficia a menores de seis años con trastornos del desarrollo o riesgo de padecerlos.

En este nuevo marco normativo de rango legal se contemplan expresamente los derechos de los niños y niñas y sus familias, pero también las actuaciones a llevar a cabo por parte de éstas, además de un sistema de garantías por parte de las administraciones públicas para dar efectividad a estos derechos.

El papel de las familias

Entre otras novedades, la Ley otorga un papel fundamental a la familia y al apoyo a los diferentes entornos donde se desenvuelve el menor, de acuerdo a los nuevos modelos en Atención Temprana basados en la evidencia científica y contemplando el impulso de acciones formativas para optimizar el desarrollo personal y el desempeño parental mediante el fortalecimiento de competencias de las familias y personas cuidadoras.

Igualmente, se redefinen las Unidades de Atención Infantil Temprana contempladas en el Decreto 85/2016, de 26 de abril, por el que se regula la Intervención integral de la Atención Infantil Temprana en Andalucía, como Unidades de Seguimiento y Neurodesarrollo. Estarán ubicadas en Atención Primaria y actuarán como dispositivos específicos para el seguimiento, el diagnóstico etiológico, sindrómico y funcional, la orientación y la valoración de las necesidades prenatales y perinatales o signos de alerta significativos en etapas postnatales.

El texto contempla nuevos circuitos de derivación para atender de una forma eficaz, precoz, fluida y continua a esta población infantil y a sus familias, según sus necesidades específicas. Se apuesta por la calidad, la promoción de la investigación y la formación de los profesionales y la innovación en Atención Temprana. Además, se incluye y regula por primera vez un régimen sancionador autonómico con tipificación de infracciones y sanciones para garantizar la prestación de la Atención Temprana en condiciones óptimas.

El anteproyecto de Ley consta de una exposición de motivos, 49 artículos, recogidos en cinco títulos, dos disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y tres disposiciones finales y ha sido objeto de la preceptiva consulta pública previa desde el 17 de marzo al 19 de junio de 2020. Se ha solicitado la correspondiente conformidad con el inicio de tramitación a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación y la Consejería de Educación e irá al trámite de audiencia e informes y al Consejo Consultivo, antes de su definitiva aprobación por el Consejo de Gobierno como proyecto de Ley para su remisión al Parlamento.

La Ley de Atención Temprana en Andalucía garantizará la investigación y la...