martes. 23.04.2024

Tras la denuncia de FACUA Andalucía, la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía ha abierto un expediente sancionador contra Acciona Mobility, dedicada al alquiler de motocicletas, por no ofrecer suficiente información a los usuarios sobre sus derechos cuando contratan un servicio con la empresa de VTC.

La federación había denunciado a la empresa en el marco de una campaña de control a las principales empresas de movilidad urbana tras constatar que Acciona no disponía en su página web y app de modelos de hojas de reclamaciones oficiales, algo a lo que obliga la legislación andaluza de protección de los consumidores. Las otras denunciadas por este motivo fueron Uber, Lime, Yego, Reby y Cabfy. La Junta también ha abierto expediente sancionador contra esta última.

Ahora, el Servicio de Consumo de la Consejería ha informado a la federación de que se ha procedido a iniciar un procedimiento sancionador contra la empresa tras realizar una inspección de su página web y su aplicación, así como de las propias motocicletas de alquiler.

La resolución señala que Acciona ha incurrido en varios incumplimientos en materia de consumo al no obligar al usuario a interponer sus reclamaciones en una domicilio distinto al suyo, no se facilitan datos suficientes para que el cliente puede reclamar, y no aparece la sede física o dirección dónde el usuario puede dirigir dichas reclamaciones. Por dichas infracciones, ha propuesto para la empresa una sanción total de 8.000 euros.

La federación, además, ha vuelto a realizar un control sobre la página web y la app de Acciona y ha comprobado que la empresa sigue sin corregir las irregularidades que han motivado la apertura del expediente sancionador, por lo que espera que la Consejería de Salud y Consumo finalice el procedimiento con las sanciones oportunas.

Qué dice la ley

En su denuncia, la federación recordaba que el Decreto 82/2022, de 17 de mayo, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en la Comunidad Autónoma de Andalucía, señala que "si por la actividad desarrollada no existieran dependencias fijas donde se comercialicen bienes o se presten servicios", deberá informarse acerca de las hojas de reclamaciones "en las ofertas, propuestas de contratación, presupuestos, contratos, facturas, resguardos de depósito, páginas webs, aplicaciones telemáticas de contratación y cualquier otro documento que se entregue en el ejercicio de la actividad de comercialización o prestación, a las personas consumidoras y usuarias".

Apunta, asimismo, que la Ley 13/2003, de 17 de diciembre, de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía prohíbe expresamente "no disponer de libros de hojas de quejas y reclamaciones oficiales, así como negarse o resistirse a suministrarlos a los consumidores que lo soliciten u ocultar o alterar las reclamaciones realizadas por este medio", así como "suministrar libros de hojas de quejas y reclamaciones que no sean oficiales a los consumidores que muestren su voluntad de presentar una reclamación".

Tras denunciar FACUA, Andalucía abre expediente sancionador a Acciona por no dar datos...