viernes. 29.03.2024

La Dirección General de Infancia de la Junta de Andalucía, debido a las restricciones vigentes impuestas por el Gobierno andaluz y extendidas hasta el 10 de diciembre, ha tomado la decisión de no permitir a los padres las visitas a sus hijos si el centro de protección en el que se encuentra está en otro municipio. Un padre lleva un mes intentando que la Administración ponga alguna fórmula más flexible para posibilitar las visitas, pero la Junta niega tal posibilidad.

Así lo comenta este padre, que hablando con eldiario.es, ha lamentado ante la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales que un centro de protección de menores de Bormujos (Sevilla) le había notificado vía sms que las visitas a los centros habían quedado suspendidas por indicaciones de la Dirección General de Infancia y que no podía ver físicamente a sus dos hijos, de ocho y doce años de edad.  Lo confirman fuentes de la Consejería a eldiario.es, que argumentan que durante el tiempo que duren estas restricciones "se han establecido los contactos a través de todos los medios telemáticos disponibles al efecto".

Unos 5.500 niños en Andalucía están bajo la tutela de la Junta, de los cuales más de 3.700 viven en centros de protección porque sus familias, por diversas circunstancias, no pueden ocuparse temporal o definitivamente de proporcionarles una adecuada protección. En el caso de este padre, que prefiere identificarse por sus iniciales, M.S., el divorcio de su ahora expareja conllevó finalmente que, por orden del juzgado, la guarda de los menores quedara hace dos años en poder de la Administración, en concreto en régimen de acogimiento residencial, según explica su abogado. Al margen de las visitas restringidas durante este mes, el abogado lamenta que los "sucesivos" requerimientos a la Administración para tratar de modificar el régimen de visitas y resolver otras circunstancias que discurren paralelamente no están obteniendo respuesta.

En un apartahotel

En todo caso, la situación de las visitas es diferente a la establecida en el primer estado de alarma, cuando se interrumpieron las visitas y el régimen de relaciones personales del que disfrutan todas las personas menores tuteladas por la Administración de la Junta de Andalucía. Ahora, y en virtud del segundo estado de alarma y de las restricciones de movilidad establecidas autonómicamente, "es la autoridad delegada del Gobierno de la Nación la que ha restringido las entradas y salidas de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía y la que apela a la ciudadanía y a los titulares de actividades a que se adopten las medidas necesarias para evitar la generación de riesgos de propagación de la enfermedad COVID-19", dice textualmente el oficio de 18 de noviembre enviado al padre. Las fuentes aluden a un decreto posterior del presidente de la Junta (10/2020, de 23 de noviembre) para sostener la negativa a las visitas procedentes de otro municipio distinto al que se encuentre el centro de protección. Tanto la madre de los niños como la abuela residen fuera de Bormujos, por lo que igualmente tampoco pueden visitarlos, según el relato de este padre, que señala a este medio que ahora vive en un apartahotel de Bormujos para poder ver un hora a la semana a sus hijos.

El caso es que, según ha comprobado este periódico, la Secretaría General de la Delegación del Gobierno de la Junta en Sevilla le envió a este hombre un correo electrónico el 25 de noviembre en el que, por contra, le animaba a "justificar su desplazamiento con el documento correspondiente que lo acredite", adjuntándole un resumen de las medidas del 9 de noviembre y documentos para la justificación de desplazamientos. El pasado jueves dirigió un nuevo escrito a la Consejería de Igualdad con toda la documentación recopilada, lamentando la "contradicción" en este sentido por parte de la Junta y que la Delegación del Gobierno de la Junta sí brinde la posibilidad del desplazamiento pero no la Dirección General de la Infancia. En el mismo escrito acompaña mensajes intercambiados con el centro, desde el que le instaron al cambio de domicilio para poder ver a sus hijos: "Si puedes acreditarnos tu residencia en Bormujos, podrás tener tu visita el viernes, pues no requiere desplazamiento entre localidades", se dice unas de esas comunicaciones .

Según el oficio de la Junta contra el que ahora recurre este padre, "no se han dado instrucciones en orden al empadronamiento de ningún familiar de estas personas menores en localidad que no se corresponda con su localidad de residencia", añaden las fuentes después de que este padre lamentara que la decisión administrativa estaría generando "dos tipos de ciudadanos": los que pueden sufragar un alquiler como es su caso (550 euros/mes y empadronamiento en Bormujos) y los progenitores que no pueden. Para el padre. se trata de "una tropelía" que "crea desigualdades". "Era la única opción que tenía para ver a sus hijos", explica su abogado a eldiario.es.

"Comprendemos su desasosiego"

"Para cualquier duda o aclaración en relación con el desarrollo del régimen de relaciones personales de cada una de las personas menores tuteladas, los progenitores pueden acudir a la correspondiente Delegación Territorial de su provincia", indican las fuentes de la Consejería. "Queremos reiterarle, como ya lo hicimos el pasado mes de mayo, que comprendemos su desasosiego por querer visitar a sus hijos y seguir teniendo encuentros con ellos", comentó la Junta en el oficio a eldiario.es.

Según detalla el escrito oficial, las "medidas adoptadas por el Gobierno de la Nación y de la Junta de Andalucía de restricciones a la movilidad tiene la finalidad de frenar la propagación de la enfermedad y esta Consejería, como responsable de la salud y la seguridad de los menores que tiene bajo su tutela, tiene la obligación de cumplir y hacer cumplir, intentando hacer compatible esta obligación con el derecho de los menores a su régimen de relaciones personales, para lo cual, se han habilitado los medios y dado las instrucciones necesarias a los responsables de la guarda de los menores para que dispongan estos contactos por vía telemática, usando las aplicaciones de videoconferencia a las que tiene acceso toda la población usuaria de móvil con conexión a internet u otros medios disponibles". La Consejería confía en que "se pueda recuperar la movilidad y con ella, la posibilidad de reanudar los encuentros con sus hijos de forma personal como todos deseamos".

"Si llaman a la Guardia Civil, Policía Local, Nacional, Autonómica y Protección Civil le informará de que existe una excepción en el estado de alarma que es 'por causas mayores' pero que la Consejería de Igualdad pasa olímpicamente y que todos los cuerpos de fuerzas de seguridad entienden que permite el desplazamiento por este motivo", argumenta el progenitor a eldiario.es, que también ha dado cuenta de todas estas circunstancias al Defensor del Pueblo Andaluz.

"En estos tiempos de incertidumbre y desasosiego es cuando los menores tienen que tener más contacto y lo limitan a llamadas por videoconferencia", denuncia el padre, que añade que, a la vista de estas instrucciones, un ciudadano de Andalucía "tiene menos derechos que uno de Aragón o Catalunya", en alusión a que los TSJ de ambas comunidades autónomas, al comienzo de la crisis sanitaria, apostaron por continuar con las custodias y los regímenes de visitas excepto si un familiar se encuentra contagiado por Covid-19. "Lo normal y coherente es que la Consejería realice pruebas antes de cada visita o cada cierto tiempo, pero está claro que no le interesa lo más mínimo que los menores tengan contacto con sus progenitores y familia extensa, viéndose perjudicados todos los menores", concluye el padre a eldiario.es.

Andalucía prohíbe a los padres visitar a sus hijos en Centros de Protección de otros...