martes. 19.03.2024
Las ayudas serán de hasta 300.000 euros

Abierto hasta el 10 de septiembre el plazo de solicitud de ayudas para los sectores naval, aeroespacial y de transporte

El boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publica hoy la convocatoria de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades por la que se abre el plazo de presentación de solicitudes de las ayudas de hasta 300.000 euros para favorecer la liquidez de pymes pertenecientes a los sectores aeroespacial, naval y otros sistemas avanzados de transporte. Esta medida, de carácter urgente y extraordinario, está dotada con 15 millones de euros, cofinanciados con FEDER, y tiene como objetivo facilitar la supervivencia de estas empresas y de servicios vinculados a la industria ante la crisis de la COVID-19.
Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades de la Junta de Andalucía
Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades de la Junta de Andalucía

El boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) publica hoy la convocatoria de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades por la que se abre el plazo de presentación de solicitudes de las ayudas de hasta 300.000 euros para favorecer la liquidez de pymes pertenecientes a los sectores aeroespacial, naval y otros sistemas avanzados de transporte. Esta medida, de carácter urgente y extraordinario, está dotada con 15 millones de euros, cofinanciados con FEDER, y tiene como objetivo facilitar la supervivencia de estas empresas y de servicios vinculados a la industria ante la crisis de la COVID-19.

Podrán optar a los incentivos pymes de los citados sectores que centren su actividad en actividades de fabricación, reparación y mantenimiento, y a sus cadenas de valor. Las solicitudes se podrán presentar hasta el 10 de septiembre de manera telemática. El plazo máximo de resolución será de tres meses desde la fecha de presentación de la solicitud.

Con esta medida se pretende contribuir a conservar una matriz de industrias autóctonas que haga posible reconstruir y relanzar el tejido productivo andaluz, capaz de adaptarse al cambio, con proyección internacional y con potencia para traccionar al resto de las pymes de esas actividades. De esa forma, se busca evitar que la crisis económica derivada de la pandemia provoque una importante destrucción del tejido empresarial andaluz, y con ello, se ahonde en un mayor distanciamiento con otras regiones españolas y europeas.

Los destinatarios de estas subvenciones a fondo perdido son pymes de estos tres sectores ubicadas en Andalucía, cuya facturación en 2020 haya sido, al menos, un 15% inferior a la de 2019. Estas actividades aglutinan en Andalucía a más de 700 empresas con una cifra de negocios próxima a los 1.500 millones de euros y que emplean a más de 19.500 personas.

Los incentivos podrán alcanzar el 50% de la caída neta de ingresos del ejercicio 2020 respecto al de 2019, teniendo en cuenta que el descenso de capital circulante es proporcional a la bajada neta de la cifra de negocios. En el caso de empresas participadas mayoritariamente por mujeres, el porcentaje a aplicar para determinar el importe de la ayuda será del 55%.

El importe máximo será en cualquier caso de 300.000 euros, si bien estas ayudas son compatibles con otras subvenciones o cualquier otro tipo de financiación pública. El abono de las subvenciones se realizará mediante pago anticipado por importe del cien por cien de la cuantía concedida.

Flexibilización de condiciones

El Decreto-ley que regula esta convocatoria introduce algunas modificaciones de los requisitos impuestos por normas anteriores, con la intención de beneficiar al mayor número posible de pymes de los sectores mencionados ubicadas en Andalucía. Por una parte, se elimina como condición la consideración de actividad principal esencial contemplada en el Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, de flexibilización administrativa en materia de ayudas en el ámbito económico, local y social como consecuencia de la situación ocasionada por la Covid-19.

También se suprime el requisito del número mínimo de trabajadores que las empresas interesadas deben reunir en su plantilla. Se flexibiliza, además, la compatibilidad de estas ayudas con otras subvenciones u otro tipo de financiación pública (préstamos directos o avalados) concedida por cualquier Administración y dirigida igualmente a favorecer el capital circulante de las empresas, hasta un máximo global de 1,8 millones de euros por cada firma.

La nueva norma modifica el porcentaje mínimo de la caída de ventas y el periodo considerado para el cálculo de la misma.

 

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